La compraventa de una vivienda es más que elegir la propiedad y pagar. Hay muchos detalles que atender para que la transacción fluya sin sorpresas, como verificar los contratos de luz y gas.
Índice
- 1 Contratos de luz y gas natural a la hora de una compraventa: hay que revisarlos sí o sí
- 2 Cambio de titular de la luz y el gas al momento de la compraventa de una vivienda
- 3 Alta de los suministros de luz y gas cuando se hace la compraventa de una vivienda
- 4 Suspensión por impago de la luz y el gas en las viviendas de compraventa
Contratos de luz y gas natural a la hora de una compraventa: hay que revisarlos sí o sí
Comprar una vivienda es algo importante: es una gran inversión y, como tal, hay que cuidarla. Por eso es imprescindible vigilar cada detalle que nos solicite la inmobiliaria.
Aunque parezca una tontería, el estado de los suministros de luz y gas puede darnos dolores de cabeza que no queremos tener… En especial si vamos a hacer una pronta ocupación, ya que necesitaremos todos los servicios energéticos dados de alta.
Los aspectos sobre los que hay que prestar especial atención son:
- Cambio de titular.
- Altas luego de una baja prolongada.
- Suspensiónporimpago.
Cambio de titular de la luz y el gas al momento de la compraventa de una vivienda
El mejor escenario con el que nos podemos encontrar al momento de comprar una vivienda es que esta tenga los servicios de luz y gas activos, y con todas las facturas reglamentadas.
¿Y por qué es tan buena nueva? Pues porque solo tendrás que hacer un cambio de titular.
Esto no solo te hace responsable de los contratos y de pagar las facturas, sino que te permite tomar decisiones sobre los suministros, como darlos de alta o baja, cambiar de tarifa, modificar los datos de pago, poner reclamaciones, etc.
Alta de los suministros de luz y gas cuando se hace la compraventa de una vivienda
Otro escenario con el que te puedes conseguir al momento de la compraventa de una vivienda es que los servicios estén dados de baja.
En este caso te corresponde investigar desde hace cuánto no hay suministro de luz y gas. De esta información dependerá el procedimiento a seguir.
Alta de la luz por reactivación
Por ejemplo, si la vivienda tiene menos de 3 años con la luz de baja, la comercializadora te pedirá para la reactivación:
- Datos del titular del suministro: nombre, apellido y DNI.
- Teléfono y correoelectrónico.
- Dirección del punto de suministro y CUPS.
- Datosbancarios.
Ahora, si el servicio tiene más de 3 años de baja pueden pedir una inspección de la instalación.
Ten en cuenta que la reactivación de la luz tiene los siguientes costes:
- Derecho de Extensión: 17,37 € x kW contratado + IVA.
- Derechos de Acceso: 19,70 € x kW contratado + IVA.
- Derechosde Enganche: 9,04 € + IVA.
Alta del gas por reactivación
Cuando se trata del gas, si la baja es de menos de un año, basta con presentarel Certificado de Instalación de Suministro que se emitió al momento de la instalación + las informaciones del titular + el CUPS.
Pero si la instalación tiene más de 2 años, pedirán una nueva inspección antes de autorizar el alta.
Lo que tendrás que pagar por la reactivación del suministro de gas depende del peaje de acceso de la instalación y de la región.
Por ejemplo, si el servicio que tiene menos de 5 años dado de baja únicamente tendrás que pagar los Derechos de Alta. Si la baja pasa de 5 años también tendrás que pagar los Derechos de Acometida.
Suspensión por impago de la luz y el gas en las viviendas de compraventa
Puede ocurrir que los servicios hayan sido suspendidos por impago y, en ese caso, tendrás que desvincularte de la deuda para no tener que pagar por un consumo del que no disfrutaste y poder reactivar los suministros.
Cuando se dejan de pagar las facturas, la comercializadora solicita a la distribuidora la suspensión de los servicios. Cuando esto ocurre, las distribuidoras marcan el CUPS (tanto de la luz como del gas, según sea el caso), como no contratable.
La manera de resolver esto es solicitar un cambio de titular sin subrogación de la deuda.
La gestión se tramita contactando con el servicio de atención al cliente de la comercializadora con la que se contrajo la deuda y presentando el documento de compra-venta. Una vez que el contrato esté a nombre del nuevo titular sí se podrá solicitar el alta del servicio con la compañía de su preferencia.
Somos los expertos en hablar de empresas, productos y servicios del tejido empresarial de habla hispana.
Cada redactor de nuestro equipo está especializado en su materia de ahí la calidad del contenido para dar información en cualquier sector empresarial.
¡LA WEB QUE SABE HABLAR DEL MUNDO EMPRESARIAL!